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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 591
SUSPENSION CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 591
Conforme a la jurisprudencia de la Corte, la suspensión contra una ley es procedente, cuando al promulgarse, los preceptos de ella adquieran el carácter de inmediatamente obligatorios, o sea, que se ejecutarán sin ningún trámite y serán el punto de partida para que se consumen posteriormente otras violaciones de garantías.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 1389/42. Compañía Manufacturera de Driles y Lonas, S. A. 7 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: José María Mendoza Pardo.