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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375938
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1006
DOMICILIO DEL DEMANDADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1006
Las boletas de contribuciones no pueden servir para justificar el domicilio del demandado, puesto que sólo acreditan el pago del impuesto del giro comercial que se especifica en la misma boleta, pero no excluyen la posibilidad de que el demandado tenga otro domicilio. Por otra parte, lo asentado por el actuario de una Junta, con motivo de sus funciones, hace prueba plena, porque es un funcionario público, y la Junta responsable tiene obligación de tener como cierto lo que afirma su actuario, sin tomar en consideración lo que al contestar la demanda digan los demandados, para impugnar la certificación de aquel funcionario, si no hay pruebas suficientes en contra.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 596/42. Vélez Guadalupe y coagraviadas. 13 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Roque Estrada.