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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375943
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1294
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1294
El error del demandante, respecto de la fecha, y detalles relativos al accidente, carecen de importancia, si con las pruebas aportadas al conflicto, se demuestra la existencia del accidente y el fallecimiento del obrero, a consecuencia del mismo; tanto mas, si no son esas pruebas las únicas en que se basa la junta para llegar a la conclusión de que el trabajador murió a consecuencia del riesgo de trabajo, y principalmente se basa en los dictámenes periciales, que dando, por lo mismo, relegada a segundo plano el acta levantada por el sindicato, en la que aparezca la declaración de algunos trabajadores, relativa al suceso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4192/42. Compañía Minera Asarco, S. A., Unidad Parral. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.