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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1355
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, FALTA DE PERFECCIONAMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1355
Si en la audiencia de ofrecimiento y recepción de pruebas, el quejoso ofreció un documento privado para ratificación y reconocimiento de firmas, por las personas que lo signaron, y la Junta acordó librar los exhortos respectivos, por residir dichas personas fuera del lugar del juicio; pero de autos no aparece la devolución de esos exhortos, ni del documento que se acompañó para su reconocimiento y ratificación de firmas, de ello resulta que no quedó perfeccionada la prueba documental de que se trata, y si la Junta dictó su laudo en tales condiciones, con ello dejó sin defensa al quejoso, y debe concedérsele la protección federal que solicite al laudo que corresponda, tomándola en consideración y relacionándola con las demás pruebas rendidas en autos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3401/42. Luna Torres Angel. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.