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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375957
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1460
RIESGOS PROFESIONALES, INCAPACIDAD DE LOS TRABAJADORES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1460
La determinación del porcentaje de la incapacidad sufrida por el trabajador, como consecuencia de un riesgo profesional, debe probarse mediante el dictamen pericial respectivo, porque técnicamente, la incapacidad puede ser mínima, hasta el punto de no impedir el trabajo ordinario, y máxima, hasta el grado de que se exprese en un ciento por ciento, según los dictámenes de los médicos legistas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9875/41. Salazar viuda de Martínez Cecilia. 16 de octubre de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.