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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375975
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1752
POSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1752
Es improcedente la petición que se haga para que se cite nuevamente a absolver posiciones al solicitante, si a pesar de haber sido legalmente notificado y apercibido para que lo hiciera, no concurrió en la fecha designada, y se le tuvo por confeso, ya que esta resolución no puede revocarse por la Junta respectiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1462/42. Acosta Beatriz. 20 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Antonio Islas Bravo.