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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375989
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2106
SOBRESEIMIENTO, FALTA DE AGRAVIOS CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2106
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, las ejecutorias de la Suprema Corte de Justicia sólo se ocuparán de los agravios alegados, por lo que si el quejoso no impugnó los motivos que adujo el Juez de Distrito, para sobreseer, en parte, en el juicio de garantías y sólo impugnó las consideraciones que sirvieron al inferior, para negar la protección federal, debe confirmarse la resolución recurrida, en lo que toca al sobreseimiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7803/40. Minchen Maurice. 23 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.