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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2774
MUERTE DE LOS TRABAJADORES, NO ES INDISPENSABLE LA AUTOPSIA PARA DETERMINAR LA CAUSA DE AQUELLAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2774
Ni la autopsia, ni, naturalmente, la falta de presentación del certificado de la misma son indispensables para determinar la causa de la muerte de un trabajador, cuando en ausencia de esos elementos de prueba, existan otras diversas pruebas técnicas, y por lo mismo, de carácter pericial, que lógica y fundadamente lleven al ánimo del juzgador, la convicción de que determinada persona falleció, efectivamente a causa de la enfermedad profesional cuyo padecimiento haya sido igualmente acreditado; pero si no solamente no se exhibe el certificado de autopsia relativo, sino que además, las probanzas presentadas por la parte actora, consistentes en unos certificados médicos que se relacionan con la enfermedad profesional, en lo que de los doctores que los expidieron, dicen haber atendido en vida al trabajador fallecido, y la copia del acta de defunción de este último, en la que se afirma que falleció de tuberculosis pulmonar, no acreditan de modo indudable que efectivamente sea cierto que la causa de la muerte de dicho trabajador, haya sido precisamente la enfermedad profesional que se sostiene padeció, siendo de concluirse de las pruebas rendidas para el objeto, son ineficaces.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5970/42. The Cananea Consolidate Copper Company. S. A. 29 de octubre de 1942. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y José María Mendoza Pardo. Relator: Roque Estrada.