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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3212
ENFERMEDADES PROFESIONALES (SILICOSIS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3212
Si bien es cierto que se ha estimado, con base en estudios técnicos conocidos, que el mínimo necesario para adquirir la enfermedad profesional llamada silicosis, es de dos años y medio, esto no quiere decir que basta que un obrero haya trabajado durante tal lapso, en el interior de una mina, para que haya contraído la enfermedad, sino que ésta debe determinarse por los dictámenes médicos que resulten del examen del trabajador.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo 3079/42. Montaño Ramón. 5 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.