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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3265
NULIDAD DE ACTUACIONES ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3265
Si como consecuencia de que una Junta de Conciliación y Arbitraje, declaró la nulidad de las actuaciones practicadas en la audiencia de pruebas, porque no se notificó personalmente al demandado, se hizo necesario que el actor volviera a presentar a sus testigos, el hecho de que uno de éstos haya muerto y no se pueda por esa razón recabar su dicho, en nada afecta la validez de la declaración de nulidad, porque se trata de una contingencia, imprevisible por parte de la autoridad, que no puede imputarse a ninguna de las personas que intervinieron en el litigio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3632/42. 5 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.
Quinta Epoca:
Tomo LXVII, página 3007. Amparo directo en materia de trabajo 7356/39. Gil Jacinto. 15 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.