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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376075
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4337
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4337
Si la Junta responsable se funda para condenar, en la investigación que conste en un documento, en el que aparece que se recibieron las declaraciones de diversas personas, sin que tales declaraciones se hayan recibido por la Junta, con las formalidades que se requieren para una prueba de testigos, debe concederse el amparo, para el efecto de que se dicte nuevo laudo, en que se estudien, en la forma procedente, las pruebas de que se ha hablado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7827/41. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de noviembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.