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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4805
ENFERMEDADES PROFESIONALES, CUALES NO TIENEN ESTE CARACTER.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4805
Si un certificado de autopsia consigna que un trabajador falleció de neumonía lobal en un campo tuberculoso, enfermedad que no está catalogada como profesional en la tabla de enfermedades de ese carácter, contenida en el artículo 326 de la Ley Federal del Trabajo, y no existe prueba alguna que acredite que la referida neumonía debía reputarse como profesional, es claro que la Junta respectiva debe absolver a la parte demandada, de la indemnización reclamada con motivo de la muerte de aquel trabajador, ya que si procede en diversa forma, viola garantías individuales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6400/42. Compañía Minera Asarco, S.A. 19 de noviembre de 1942. Mayoría de tras votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.