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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5334
LAUDOS, INCONGRUENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5334
Es patente la incongruencia de un laudo si por una parte declara roto el contrato colectivo de trabajo y por otra reconoce que no existen los contratos individuales, y si de autos aparece que no estaban vigentes los contratos individuales ni colectivos cuando la reclamación se intento, es incuestionable que los actores carecieron de acción para reclamar las prestaciones derivadas del contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3488/41. Huasteca Petroleum Company. 26 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Antonio Islas Bravo.