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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5738
DEMANDA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5738
Incuestionablemente se llenan los requisitos establecidos por el artículo 518 de la Ley del Trabajo, si el demandado dice que es totalmente falso lo expresado en la demanda, y por lo mismo, no es legal que la Junta respectiva declare que deben tenerse por ciertos los hechos materia de aquélla, sin admitir prueba en contrario, y haciendo caso omiso de las rendidas por las partes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6155/42. González de Morán Rosalía. 1o. de diciembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Antonio Islas Bravo.