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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 502
ESCUELAS ARTICULO 123, LOS SUELDOS DE LOS PROFESORES DE LAS, NO SON DE CARACTER FISCAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 502
Los sueldos de los profesores de las escuelas artículo 123, no constituyen propiamente un crédito fiscal, sino una obligación que establecen la Constitución Federal de la República y la Ley Federal del Trabajo; por lo que para impugnar el cobro anticipado que se haga de dichos sueldos, no es necesario agotar los medios de defensa que señala el artículo 160 del Código Fiscal de la Federación y debe revocarse el sobreseimiento dictado por el inferior, por este motivo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1724/41. San José Río Hondo, S. A. 7 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.