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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1574
SOCIEDADES, SUS COMPONENTES SON TERCEROS EXTRAÑOS EN LOS JUICIOS CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1574
El artículo 481 de la Ley Federal del Trabajo permite a los trabajadores proponer sus demandas en contra de las personas que resulten afectadas por la resolución que se dé al conflicto existente entre ellas, y faculta a la Junta para llamar al juicio a esas personas, siempre y cuando resulte de las actuaciones la situación referida; pero hay que tener en cuenta que es elemental requisito, en materia procesal, que sean llamadas a juicio las personas a quienes pretende exigirse el cumplimiento de una obligación, para que los tribunales puedan imponerles el cumplimiento de la misma, pues, de lo contrario, se violarían en su perjuicio las garantías otorgadas por los artículos 14 y 16 constitucionales; por lo que si la actora en un juicio de trabajo, en lugar de presentar su reclamación en contra de la sociedad a quien prestaba sus servicios, la endereza en contra de unos de los componentes de esa misma sociedad, con quien no tenía relación alguna de trabajo, debe estimarse fundado el concepto de violación que se reclama por este motivo, ya que no existiendo el antecedente de una obligación contraída, no puede imponerse su cumplimiento a una persona extraña a la relación obrero patronal; puesto que es elemental en derecho, que la personalidad de la sociedad es distinta de la de los socios que la integran.
Precedentes
Amparo directo en materia del trabajo 2576/42. Lomelí María Dolores. 17 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.