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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2602
SALARIOS, INCIDENTES PARA LA FIJACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2602
La junta respectiva no viola garantías individuales, porque ordene abrir un incidente para fijar el salario que sirva de base para la liquidación de la condena, ya que dentro de ese incidente, los trabajadores reclamantes estarán en posibilidad de presentar las pruebas necesarias para obtener, si procediere, el salario mínimo que reclaman; incidente tanto más necesario, si los reclamantes exigen sus salarios como porteros, y la casa en donde prestaban sus servicios, tiene viviendas cuyas rentas no son uniformes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1134/42. Vélez de Hernández Guadalupe y coagraviado. 29 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Mendoza Pardo.