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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4073
TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4073
Puede afirmarse que entre todos los componentes de la clase trabajadora, hay un nexo de compañerismo proveniente de la identidad de intereses de clase, lo que ocasiona que tengan las mismas preocupaciones en los conflictos planteados contra el patrono y por lo mismo, no es lógico pensar que cuando en un juicio se presentan a declarar los compañeros de un obrero, estén exentos de todo interés, pero no es este interés al que alude el legislador para considerar tachable a un testigo, y si éste declara que tiene interés en que se haga justicia a los deudos de su compañero, una declaración en ese sentido no puede tomarse como base para nulificar su testimonio, porque no es el interés directo en el pleito ni el interés de familia, ni el interés pecuniario, que quizá sí servirían de base para nulificar el testimonio; por lo cual, si una Junta lo rechaza basándose en esas consideraciones, va más allá del límite al que llega la soberanía de los tribunales del trabajo, en materia de estimación de las pruebas, pues si bien es cierto que están facultadas para apreciarlas en conciencia, esto no quiere decir que puedan arbitrariamente negarles valor o nulificar el testimonio de una persona, cuando no existe fundamento legal para ello.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7398/41. Gutiérrez Teresa y coagraviados. 18 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.