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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376361
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4460
JUNTAS, OMISION DEL ESTUDIO DE PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4460
No es motivo para conceder el amparo, el consistente en que la Junta señalada como responsable, haya omitido hacer el estudio de las declaraciones de los testigos del actor, si en vista del resultado del análisis que hizo de todas las demás pruebas instrumentales y documentales, no era necesario el de esos testimonios, porque de ninguna manera hubieran podido destruir las conclusiones obtenidas por el análisis de las otras pruebas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7114/41. Lanzagorta José A. 21 de agosto de 1942. Mayoría de tres votos. Disidente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo