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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
376373
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4712

DESPIDO POR INJUSTIFICADA APLICACION DE LA CLAUSULA DE EXCLUSION, LOS DAÑOS CAUSADOS POR EL, DEBE SUFRIRLOS QUIEN LOS PROVOCO (RESPONSABILIDAD DE LOS SINDICATOS).

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4712

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 8551/41. Garza Cavazos Máximo. 25 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.
Registro digital (IUS): 376373