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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5580
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5580
Si bien el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo autoriza a las Juntas para apreciar las pruebas en conciencia, no las faculta para omitir el estudio de todas y cada una de las pruebas que se aporten en los conflictos, violando con ello las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3242/42. La Latino Americana, Compañía de Seguros sobre la vida, S. A. y coagraviada. 3 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.