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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5667
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO, LA CONTINUACION DEL, NO CONSTITUYE VIOLACION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5667
La continuación de un procedimiento contencioso no ha sido considerada por la Suprema Corte como una violación constitucional, a menos de que él se dicte sentencia y ésta tenga el efecto de una privación de bienes o de una molestia en perjuicio del interesado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4678/40. Pérez Paula y coagraviado. 4 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.