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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5877
EMPLEADOS DE CONFIANZA, OBLIGACIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5877
Si bien en algunos casos, dadas las labores que desempeñan, no puede exigírseles que se presenten a hora determinada en la oficina, ello no puede implicar que dejan de asistir a la misma diariamente, ya que tal asistencia es indispensable para atender debidamente los negocios que les están encomendados.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5228/41. Bustamante Luis Felipe. 8 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada presentó su excusa. Relator: Antonio Islas Bravo.