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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6457
SOCIEDADES, QUIEN DEBE ABSOLVER LAS POSICIONES ARTICULADAS A LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6457
Si al citarse al quejoso a absolver posiciones, ya no es gerente de la sociedad demandada en un juicio de trabajo, no siguiéndose éste en contra del mismo en lo personal, lógico es entender que quien debe comparecer a absolver posiciones, es el gerente o representante legal de la demandada, cualquiera que sea la persona que desempeñe tal cargo, en el momento de la citación.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 20/42. Velázquez Ciro.- 17 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.