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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376456
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6801
SEPARACION VOLUNTARIA DEL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6801
Si en autos se demuestra que el trabajador se separó voluntariamente y que suscribió una carta en la que reconoció que nada le adeudaba el patrón, ésta constituye un finiquito que no puede invalidarse por la infundada consideración de que implica renuncias de derechos de los trabajadores, de las prohibidas por la ley, pues la Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido que las únicas renuncias prohibidas son aquellas que contravienen disposiciones legales expresas, pero no las estipulaciones que libre y voluntariamente se formulen o acepten en el momento en que precisamente se trate de dar por terminado un contrato de trabajo y con el ánimo de que éste quede expresa y definitivamente concluido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4209/42. Compañía Azucarera del Paraíso Novillero, S. A..- 22 de septiembre de l942.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.