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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7059
POSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7059
El artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, sólo autoriza la citación para absolver posiciones, cuando se trata de las partes en el juicio, del encargo, del administrador o de cualquiera otra persona que ejercite actos de dirección a nombre del principal, cuando los hechos que dieron márgen al conflicto, sean propios de ellos. Por tanto, si se desecha la prueba confesional de una persona, ofrecida en la audiencia de ofrecimiento y recepción de pruebas, porque esa persona no tenía la calidad de demandada, ni se expresó al ofrecerse la prueba, que fuera encargado o administrador, tal decisión es correcta, en atención a que la susodicha persona no tenía el carácter de demandada, ni las calidades a que se refiere el artículo 527 de aquel ordenamiento, y en tales condiciones, no puede considerarse violado el artículo 522 del mismo cuerpo de leyes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2655/42. Dorantes María del Carmen. 23 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.