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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7063
TRABAJO, APRECIACION DE LAS PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7063
La estimación de las pruebas en los asuntos de trabajo, está reservada a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y en tanto que esos organismos no alteren el resultado de los hechos, ni argumenten en forma equívoca o contraria a la lógica, no puede decirse que violen el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2165/42. González V. Pablo.- 23 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cinco votos. Relator: José Ma. Mendoza Pardo.