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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376492
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7620
PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7620
Si la Junta de Conciliación y Arbitraje señalada como responsable, fijó día y hora par la recepción de la prueba testimonial, ofrecida por la parte actora, y en la fecha señalada tuvo lugar dicha audiencia, en la cual sólo se presentaron de los testigos ofrecidos, por lo que la misma parte actora solicitó que se fijara día y hora para examinar al testigo que no pudo presentar, debe estimarse que la responsable obró legalmente al negarse a acceder a esa solicitud, ya que las partes tienen la obligación de presentar a sus testigos en la fecha señalada para que se lleve a cabo la diligencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1775/42. Rubio Juana.- 30 de septiembre de l942.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.