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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 8148
COOPERATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 8148
Los socios de la cooperativas no tienen el carácter de asalariados de las mismas, y por tanto, de conformidad con la Ley General de Sociedades Cooperativas, no corresponde a las Juntas el conocimiento de las controversias surgidas entre ellos, sino las autoridades dependientes de la Secretaría de la Economía Nacional.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4165/42. Unión Cooperativa de Transportes en Hidalgo, y coags.- 6 de agosto de 1942.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Hemrilo López Sánchez.