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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 132
TRABAJO, EXTENSION DE LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR UNA PARTE, A LAS DEMAS DEMANDAS EN EL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 132
Si se demanda conjuntamente a determinadas empresas, haciendo derivar de un solo contrato de trabajo, las prestaciones que se exigen, señalando para las demandadas la misma reclamación y por iguales conceptos, y además, se sostiene que una de ellas solamente debía considerarse como subsidiaria de la otra, es claro que si la Junta respectiva establece una misma condena para ambas, haciendo extensivas previamente, también una de ellas las excepciones y defensas opuestas por la otra, procede justificadamente, en virtud de que, en términos generales, constituyen una sola persona demandada, las dos empresas citadas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7199/41. García Pérez José. 7 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Roque Estrada.