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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 523
TRABAJO, LITIS CONTESTATIO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 523
Las Juntas tienen obligación de estudiar y decidir todas las cuestiones que se hubieren planteado en el conflicto y si no lo hacen, debe concederse al quejoso la protección federal, para el único efecto de que la Junta responsable dicte un nuevo laudo en el que se estudien y decidan las cuestiones omitidas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9974/41. Ríos Alberto y coagraviado. 10 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.