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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1552
SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1552
Si bien es cierto que no tienen el efecto de absolver o condenar a alguna de las partes y menos a los que han garantizado los perjuicios relativos a la ejecución del acto reclamado, sin embargo, el simple hecho de que se pronuncien, hace nacer el derecho de la parte que obtuvo, para exigir las responsabilidades provenientes de las garantías o de las contragarantías de que habla la ley respectiva.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 697/41. Petróleos Mexicanos. 17 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.