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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2244
PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, TERMINO PARA INTENTAR LA ACCION CUYO RESULTADO SE ASEGURA POR MEDIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2244
Las disposiciones legales que fijan términos para intentar las acciones cuyo resultado se asegura por medidas cautelares, tienen por fin impedir el que, sin derecho predeterminado y preconstituido, se causen daños al afectado por las providencias precautorias, por un plazo no perentorio, o sea, por un tiempo indefinido. La cuantía de la ejecución sólo está garantizada por el importe de la fianza que se exige ordinariamente, caso de no estar cuantificado y reconocido jurídicamente el derecho para dictar las providencias; de manera que una vez reconocido el derecho, no existe razón para fijar un término dentro del cual deba intentarse la acción, después de ejecutarse la providencia precautoria.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3667/40. Compañía Explotadora de Petróleo "La Imperial", S. A. 23 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilio López Sánchez.