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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3939
PETROLEOS MEXICANOS, TRABAJADORES DE CONFIANZA EN.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3939
El Reglamento de los artículos 4o. y 5o. del Decreto de 7 de julio de 1938, que creó la Institución Pública "Petróleos Mexicanos", en su artículo 13 , faculta a la gerencia general de dicha institución, para mover libremente a los trabajadores de confianza de una zona a otra; pero le prohibe bajarlos de categoría y reducirles su salario. Ahora bien, si tal prohibición existe, con mayor fundamento puede decirse que la mencionada gerencia está incapacitada para cesarlos definitivamente, sin justificación, y si lo hace, sin acreditar los requisitos que exige el inciso a que se refiere la fracción X del artículo 116 de la Ley Federal del Trabajo, debe sufrir la responsabilidad que ese ordenamiento le impone.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3779/41. Petróleos Mexicanos. 13 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.