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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3945
TRABAJO, TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3945
No se viola el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, si una Junta se funda para negar valor a las declaraciones de los testigos de la parte actora, cuando tratándose de demostrar la duración de la jornada de trabajo, aparece que no les consta, y desestima sus testimonios, porque van más allá de lo reclamado en la demanda, como en el caso en que declaren que el trabajo comenzaba a las siete de la mañana, cuando en la misma demanda se asentó que era a las ocho, porque con esto hay razón suficiente para que una Junta, obrando en conciencia, no les reconozca veracidad e imparcialidad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8134/41. López Bretón Eva. 13 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.