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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3972
ENFERMEDADES PROFESIONALES, DICTAMENES DE LOS PERITOS RESPECTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3972
Es correcto el proceder de una Junta, si estando en oposición los dictámenes de los médicos de las partes, designa un tercero en discordia, y tratándose de la determinación del origen de una enfermedad que en muchos casos no es profesional, debe estarse precisamente a lo que el perito tercero resuelva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9182/41. Barrera de Rodríguez Vicenta. 14 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: José M. Mendoza Pardo.