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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3987
SINDICATOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3987
Es correcta la cancelación que se haga del registro de un sindicato, cuando este organismo posea menos de veinte trabajadores, y no es de tomarse en consideración, en contra de este criterio, que la Junta respectiva haya reconocida como legítima su integración, y por lo mismo, estaba impedida para revocar tal reconocimiento, sin infringir el artículo 555 de la Ley Federal del Trabajo, si al constituirse cumplió con el requisito de tener veinte componentes, y al ejercitarse la acción para su cancelación, no reunía ya los veinte trabajadores.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9163/41. Sindicato de Trabajadores de Agua Potable. 14 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: José M. Mendoza Pardo.