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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5591
SOBRESEIMIENTO, DEBE DECRETARSE SI EL AUTO RECLAMADO FUE MATERIA DE UNA EJECUTORIA DE QUEJA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5591
Si la resolución reclamada en el juicio de garantías, fue materia de una ejecutoria de queja, en la que se declaró infundado este recurso, procede sobreseer, por tal motivo, en el amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1972/42. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 17 de junio de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Hermilo López Sánchez. Relator: José María Mendoza Pardo.