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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5726
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5726
La Suprema Corte ha decidido siempre que la presentación de la demanda de trabajo, aun cuando tenga lugar ante autoridad incompetente, no siéndolo por razón de materia o función, interrumpe el término de la prescripción; máxime, si en el caso de que se trata, el demandado fue notificado y aun contestó la demanda, por conducto de apoderado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9046/41. Chávez Julio. 18 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilio López Sánchez.