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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5727
DESPIDO, PRUEBA DE SU JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5727
Si a la alegación del trabajador quejoso, de separación injustificada, no se opuso excepción alguna respecto al hecho causal invocado, sino que simplemente se negó, correspondía al patrono la prueba de que el actor abandonó sus labores, si aceptó la existencia de la relación contractual y el hecho de estar separado del trabajo el propio actor, según lo ha resuelto esta Suprema Corte, pues cuando no se niega la existencia del contrato ni la separación objetiva, es susceptible de prueba el abandono o el aparente hecho negativo de que no existió despido, porque las proposiciones negativas circunscritas por elementos de tiempo y lugar, permiten demostración.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9046/41. Chávez Julio. 18 de junio de 1942. unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.