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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1050
AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1050
Si el quejoso señala como infringidos preceptos del Código de Procedimientos Civiles, pero no expresa los conceptos por los cuales estima que la Junta responsable los conculcó, esta Suprema Corte no puede examinar los motivos de violación de esos preceptos en virtud de que el juicio de amparo en materia de trabajo, es de estricto derecho.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6699/41. Luna José J. 21 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Mendoza Pardo.