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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1221
ACCIDENTES DE TRABAJO (AUTOPSIA).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1221
No es la autopsia del obrero fallecido al servicio de una empresa, el único medio de prueba para determinar la relación de causalidad entre la muerte y el accidente o la enfermedad, si existen otros medios de convicción que debidamente justificados, relacionándolos entre sí y en la forma prudente que autoriza el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, puede llevar el ánimo del juzgador, a concluir que la muerte del trabajador se debió a una enfermedad catalogada como profesional y atentas las actividades que tenía el citado trabajador. De manera que si de la lectura del laudo y de las constancias probatorias de los autos, se llega a esa conclusión, debe negarse la protección federal.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7540/41. Compañía Real del Monte y Pachuca. 23 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.