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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1234
TRABAJO, PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1234
Es correcta la decisión tomada por un tribunal de trabajo, en el sentido de no conceder valor probatorio a un documento firmado por los vecinos de una población, presentado por la demandante, para probar su prestación de servicios, aunque dichos vecinos afirmen en aquel escrito, que les constaban, esencialmente los hechos de la demanda, ya que tal prueba es ineficaz, en virtud de provenir de terceros y no recibirse esas declaraciones, con las formalidades que requiere la prueba testimonial; sin que obste para sostener el criterio anterior, el hecho de que un Juez conciliador haya certificado ser ciertos los hechos asentados por los suscribientes del repetido documento, y auténticas las firmas que lo calzan, pues no por ello deja de provenir de terceros, que como se dijo, no fueron examinados con arreglo a la ley, dando oportunidad a la otra parte, para repreguntarlos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7332/41. Posada Juana. 23 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.