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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1603
SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1603
Si esta Suprema Corte resuelve en una sentencia, que se coloque a determinado trabajador en otra plaza equivalente a la que tenía, al no concederse a esa persona dicho puesto, se incurre en defecto de ejecución de la sentencia, en virtud de que, jurídicamente, no debe estarse solamente a lo mandado en los puntos resolutivos de una resolución, sino que se deben tomar en cuenta los considerandos en que se basa la misma, en donde se reconozcan derechos y se fijen situaciones jurídicas concretas.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 569/41. Jefe del Departamento de Salubridad Pública. 28 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.