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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1944
TERCERIAS EXCLUYENTES DE PREFERENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1944
En ellas, lo único que se discute es si el deudor común debe pagar primeramente al tercerista, o al actor en el juicio principal, y por lo mismo, éste nada tiene que alegar en relación con la existencia o inexistencia del crédito de aquél.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8929/40. Estrada Carlos. 4 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.