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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1960
CONTRATOS COLECTIVOS QUE AMPLIAN LOS BENEFICIOS LEGALES DE LOS TRABAJADORES, INDEBIDA APROBACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1960
Si la Junta respectiva aprobó las cláusulas de un proyecto de un contrato colectivo en las que se amplían los beneficios que la ley de la materia concede a los trabajadores, sin consentimiento del patrono, sin citar un precepto en que fundarse y sin expresar razones de orden económico bastante, debe estimarse que con tal proceder estableció molestias indebidas en perjuicio de dicho patrono, que deben repararse en el juicio constitucional que éste proponga.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4712/41. Onaindia Lino. 4 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.