Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/376866
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376866
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2619
TRABAJO, OMISION DEL COBRO DE VACACIONES, EN LOS HECHOS DE LA DEMANDA POR PRESTACIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2619
Si en los hechos de la demanda respectiva, no se habla del cobro de vacaciones, sino únicamente en la parte petitoria, con esto no se viola la fracción I, del artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo, porque dada la naturaleza de la acción ejercitada, basta con su simple enunciado, para que la demandada esté en aptitud de defenderse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3626/41. Compañía "El Sol", S.A. 18 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.