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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2649
INCOMPETENCIA POR INHIBITORIA, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2649
Aun aceptándose que pudiera seguirse al quejoso perjuicios por la continuación del procedimiento ante un Juez de lo Civil, en virtud de la incompetencia por inhibitoria, promovida por el demandado, en negocio que, según dicho quejoso, debe conocer el tribunal del trabajo, esto no basta para que se conceda la suspensión, por faltar el requisito a que se refiere la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que la sociedad se encuentra interesada en que no se suspendan los procedimiento judiciales.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo 6874/41. Revisión del incidente de suspensión. Aguirre Leonardo R. 18 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.