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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3692
SUSPENSION, AL ESTUDIARLA NO DEBEN ANALIZARSE CUESTIONES DE PERSONALIDAD.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3692
La cuestión relativa a la personalidad del quejoso, no debe ser objeto de discusión en el incidente de suspensión, pues sólo en el juicio de amparo puede combatirse el reconocimiento de la personería que se haya llevado a cabo en el auto admisorio de la demanda, por medio del recurso correspondiente, o bien en la audiencia constitucional, por causas supervenientes.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 7876/41. Sindicato Nacional de Trabajadores de Comunicaciones y Obras Públicas. 4 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Mendoza Pardo.