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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4432
POSESION, DEBE ACREDITARSE EN EL AMPARO PARA OBTENER LA PROTECCION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4432
Si una persona reclama contra un auto que mandó sacar a remate una casa, de la que se encuentra en posesión, y el Juez de Distrito respectivo, niega el amparo, en virtud de que el recurrente no comprobó el carácter con que se ostentó de poseedor actual de dicha finca, tal fallo es correcto, aunque de una copia certificada que se hubiere exhibido, se desprenda que se hizo entrega de dicho inmueble al referido quejoso, en determinada fecha, pero no que mantuviese la misma posesión en la fecha posterior en que promovió el juicio constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5429/35. Ayala Nicolás, sucesión de . 11 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: José María Mendoza Pardo.